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Poderes Notariales

Poderes Notariales

Poderes Notariales

Cuando quizá por salud, viaje o falta de tiempo, no puedas realizar personalmente un determinado tramite, puedes encargarle a otra persona (familiar o amigo) que lo lleve a cabo en tu nombre y representacion.

Existen tres clases o tipos de poderes: carta poder con firma legalizada, poder fuera del registro y poder por escritura pública y todos se extienden ante notario.

El poder por carta, está referido a los procedimientos que involucran cantidades menores a la mitad de una UIT, se utiliza para procesos simples, como la matrícula de un hijo, el cobro de alquiler de inmueble, o para tramitar un servicio como teléfono, agua o luz.

El poder fuera del registro, se utiliza para gestiones que involucren pagos de entre la mitad de una UIT y tres UIT, se utiliza para procedimientos administrativos y cobro de remuneraciones, también para procedimientos penales por faltas.

El poder más completo, será el otorgado mediante escritura pública para montos superiores a las tres UIT, se utiliza para la donación, permuta, dacion en pago, y compra venta de toda clase de bienes como casas, terrenos, autos, maquinaria pesada etc., ademas para la intervencion en procesos judiciales de cualquier indole.

En cuanto a los tiempos y efectos del poder, tenemos que la carta poder sera válida por noventa días, el poder fuera de registro por un año y la escritura pública es indefinida o hasta su revocación, además es la única forma de poder que tiene acceso a Registros Públicos y por consiguiente se publicita para conocimiento de terceros contratantes, brindando seguridad en las transacciones que en merito a dicho instrumento publico se realicen.

Acude al notario de tu confianza y otorga poder cada vez que lo necesites.

Escríbenos en este enlace para saber más sobre el Regimen de Separación de Patrimonio, o llámanos al 949 878 023.