Condiciones y Requisitos
- Duración del matrimonio: La pareja debe tener como mínimo 2 años de matrimonio.
- Solicitud con firma y huella dactilar de ambos cónyuges autorizada por abogado. La solicitud debe indicar expresamente el tiempo en años, meses y días desde que dejaron de hacer vida en común, así como la decisión de ambos cónyuges de separarse.
- Declaración jurada del último domicilio conyugal suscrita por ambos cónyuges, si dicho dato no fue consignado en la solicitud.
- Original y copias simples de los documentos de identidad de los cónyuges.
- Partida de matrimonio original (máximo 03 meses de expedida).
- Partida de nacimiento de los hijos (máximo 03 meses de expedida).
- Sí hay hijos menores o mayores incapaces: Copia certificada de la sentencia judicial firme o acta de conciliación expedida por el juez o conciliador de ser el caso, sobre el ejercicio de la patria potestad, tenencia, régimen de visitas y alimentos.
- Si no tuvo hijos o no tiene ninguno menor de edad: Declaración jurada suscrita por ambos cónyuges.
- Patrimonio: Si no hay bienes en común (sujetos a la sociedad de gananciales), presentar una declaración jurada. En caso contrario, presentar el Testimonio inscrito en Registros Públicos de separación de patrimonios o el Testimonio de sustitución o liquidación del régimen patrimonial.
Otros
- Representantes: Si uno de los cónyuges otorgó poder por escritura pública a favor del otro o de un tercero, presentar Certificado de Vigencia de Poder (con un máximo 30 días naturales de emitido).
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